jueves, 2 de octubre de 2008

LICENCIAS CREATIVE COMMONS. EL USO LEGAL DE LAS OBRAS

A raìz de la restricción en los derechos causados por el © copyright, y como contrapeso a el, se empezó en los años 80’s a vislumbrar el eventual uso autorizado y libre de los obras del intelecto. Un movimiento en contra del monopolio propietario de las obras, en donde quiens e beneficia no necesariamente es el autor, sino un cùmulo de personas alrededor que se convierten en los intermediarios para la utilizaciòn de las obras.
Asi como el autor de su obra puede reservarse los Derechos de Autor, igualmente tiene la posibilidad de licenciarlos a su parecer, o no querer ejercerlos por razones personales e incluso de carácter económico. El famoso DRA que aparece en el símbolo © propio del Copyright, significa que todos los derechos de autor se reservan. Pero es permitido igualmente reservarse solo algunos derechos, o incluso licenciarlos todos. El artista, el autor, ha concluido que la reserva de sus derechos en muchas ocasiones no permite que su obra sea ampliamente difundida. Por el contrario, se queda incluso al capricho de su editor o publisher la posibilidad de efectuar una cobertura real con su obra. Con la internet, muchas personas quieren compartir su obra, e incluso permitir reautilizarla, modificarla y distribuirla. Por esta razón, el movimiento de los Creative Commons implemento unos textos de características legales para licenciar los derechos sobre las obras, reservándose algunos Uno de los promotores de las Licencias Creative Commons es el abogado Lawrence Lessig, quien es profesor de la Universidad de Stanford. La inspiración viene de la LICENCIA PUBLICA GENERAL (GPL) de la Fundación para el Software Libre, aunque no son licencias de software. Con base en esta filosofìa, se creo una corporación sin ánimo de lucro
Partes dentro del modelo Creative Commons
De una parte se encuentra el Licenciante, el autor de la obra y por la otra el Licenciado, persona indeterminada que hace uso de la licencia de manera general.
Condiciones:
Una de las condiciones esenciales para la utlizaciòn de la licencia es el reconocimiento o “attribution”, es decir, los crèditos de autor, el reconicmiento de la paternidad de la obra, derecho que en la legislación colombiana es de caràcter moral. Pero hay diferentes tipos de licencia, las cuales describimos a continuación:
Attribution non comercial: (No comercial) El original y los derivados pueden ser distribuidos, copiados y exhibidos por terceros, mostrándose en los crèditos
Attribution - No Derivate Works: (Sin obra derivada) El material puede ser distribuido, copiado y exhibido pero no se puede utilizar para crear un trabajo derivado del original.
Attribution - Share alike: (compartir igual) El material creado por un artista puede ser modificado y distribuido pero bajo la misma licencia que el material original.
Si una persona utiliza un material violando los términos de la licencia, automáticamente termina el licenciamiento, con la posibilidad de exigir reparación por parte del titular de la obra.

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